Tribunal Constitucional elimina límite de dos años a licencias de mayores
El Tribunal Constitucional emitió una sentencia que elimina la restricción de dos años para la vigencia de licencias de conducir de personas mayores de 75 años. La decisión se basa en principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana, y reconoce la autonomía y movilidad de los adultos mayores. Con ello, el Estado garantiza que la renovación de la licencia no implique una carga económica adicional por la edad.
Origen del litigio
El caso surgió cuando el periodista Silvio Cabrera, al intentar renovar su licencia, recibió la información de que, por superar los 65 años, su documento tendría una vigencia de solo dos años y el mismo costo que una licencia de cuatro años. Cabrera y varios colegas presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo, mientras los hermanos Fanny Josefina y Héctor Manuel Melo Abreu interpusieron una Acción Directa de Inconstitucionalidad. Ambos procesos confluyeron en la revisión del Tribunal Constitucional, que concluyó que la norma era discriminatoria.
La controversia se amplió cuando el juez José Alejandro Vargas también experimentó la misma limitación y denunció la medida en redes sociales, lo que motivó la emisión del Decreto 330‑26 por parte del Poder Ejecutivo. Aunque el decreto buscó corregir la situación, mantuvo la restricción para mayores de 75 años, lo que reforzó la necesidad de la sentencia del TC. Periodistas que participaron en el amparo calificaron la resolución como un hito para la protección de los derechos de los envejecientes en la República Dominicana.
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