Decreto unifica vigencia de licencias a cuatro años
El martes, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto 675‑26, que establece una vigencia única de cuatro años para todas las licencias de conducir en la República Dominicana. La medida busca homogeneizar el plazo de validez, que antes variaba según la edad del titular. El cambio responde a la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la reducción de la vigencia basada exclusivamente en la edad.
Antecedentes regulatorios
En 2019, bajo la administración de Danilo Medina, se dispuso que los conductores mayores de 65 años renovaran su licencia cada dos años. En mayo de 2024, el presidente Luis Abinader amplió ese límite a los 75 años, pero la alta corte consideró que la distinción era discriminatoria, pues la edad por sí sola no puede limitar la vigencia de una autorización.
Nuevas disposiciones
El nuevo decreto fija que la licencia expirará el día del cumpleaños del titular, de acuerdo con el artículo 208 de la Ley 63‑17. Asimismo, prohíbe usar la edad como único criterio para reducir o negar la vigencia. La suspensión anticipada solo será posible si el conductor incumple los requisitos legales o si un certificado médico acredita una incapacidad permanente, y la evaluación de aptitud se realizará mediante exámenes físicos, teóricos y prácticos bajo la supervisión del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT).
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